14 de marzo de 2018

Hungría no viola el Convenio Europeo de Derechos Humanos al denegar devolución de un menor a Francia


Noticias Jurídicas comenta una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos acerca de la demanda de un ciudadano francés que pedía la devolución de su hijo, al que la madre llevó a Hungría cuando tenía menos de un año. Los tribunales franceses consideraron que el niño había sido sacado ilegalmente de Francia y, otorgando a los padres la custodia compartida, concedieron a la madre contacto con el menor cada dos sábados durante dos horas. Sin embargo, los tribunales húngaros descartaron aplicar las sentencias judiciales francesas, y concluyeron que el regreso del niño a Francia en las circunstancias previstas por las sentencias de los tribunales de ese país, le causaría un daño psicológico grave. Señalaban en este sentido que no sería beneficioso para el niño llevarlo lejos de Hungría, donde estaba muy bien integrado, a un entorno desconocido en Francia y que el horario de trabajo del padre haría que fuese atendido por su tía, también desconocida para él, mientras se le permitía un contacto muy limitado con su madre. El TEDH declara en su sentencia, por unanimidad, que no se ha violado el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que defiende el derecho al respeto a la vida privada y familiar. El padre había denunciado que los tribunales húngaros se habían negado a ordenar el regreso de su hijo de Hungría a Francia, ignorando la ley francesa y las sentencias de los tribunales que le otorgaban la custodia de su hijo.



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